- 24 de mayo de 2019
- Publicado por: s.admin
- Categoría: Noticias
La Dirección de Signos Distintivos declaró fundada la oposición presentada por LLOREDA S.A, representada por VERA ABOGADOS, con el fin de impedir el registro de la marca PREMIER KIDS, solicitada por la sociedad LABORATORIO FRANCO COLOMBIANO LAFRANCOL S.A.S.
La marca PREMIER de LLOREDA S.A, que ampara productos tales como aceites, margarinas y otros de la misma naturaleza, adquirió el carácter de notoria a través de diferentes aspectos como la difusión en diferentes mercados, la intensidad de uso y el prestigio adquirido a través de largo tiempo entre los consumidores Colombianos.
La SIC consideró que la causal de irregistabilidad en estudio protege al signo notorio frente a actos de reproducción, imitación, traducción, transliteración o transcripción, total o parcial, que frente al mismo pretendan efectuarse por parte de terceros.
El despacho encontró, después de un análisis y valoración general, que las pruebas aportadas por parte de LLOREDA S.A, resultan suficientes para argumentar la notoriedad de la marca PREMIER y por tal razón procedió a negar el registro de la marca PREMIER KIDS.